Otras Áreas

Violencia de Género

La violencia de género, afecta a las mujeres por el mero hecho de serlo. Constituye un atentado contra la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres, vulnerando su bienestar físico, psíquico. Se usa de manera intencional la agresión, sea mediante la fuerza física o el maltrato psicológico, con el propósito de causar daños, coaccionar, limitar o manipular a la persona objeto de violencia.

Como experta en atención a las víctimas de violencia de género, las acompaño desde su declaración en dependencias policiales y posteriormente ante la autoridad judicial, asesorándolas no sólo en el ámbito jurídico penal y civil, sino también en el ámbito psicológico y social a través de la colaboración con profesionales especialistas en la materia.

Derecho Penal

(juicios rápidos, delitos leves, procedimientos abreviados, MENORES)

Como criminóloga siempre me ha atraído el derecho penal tanto de la perspectiva de la víctima como del delincuente y el control social del comportamiento delictivo.

Mi trabajo en esta área se centra fundamentalmente en la interposición de querellas o denuncias por hechos que pudieran ser constitutivos de delitos como: lesiones, amenazas, insultos, acosos, alcoholemias, estafas.

Y otro ámbito de actuación que me gusta especialmente por la diferencia con la justica de adultos es la de MENORES, personas mayores de catorce años y menores de dieciocho que cometan infracciones contempladas como delitos en el Código Penal y leyes penales especiales. Este tipo de intervención requiere de un conocimiento especializado, actualizado y contrastado sobre los menores, entorno familiar y social, por ello  la formación y reciclaje es parte fundamental del trabajo.

Derecho Mercantil

DERECHO MERCANTIL

(Concurso de acreedores de persona física. Ley de segunda oportunidad)

Nueva Ley 16/2022 de 5 de septiembre de reforma concursal: la oportunidad de volver a empezar dejando atrás una complicada situación económica.

“La recuperación del concursado para la vida económica permite al deudor volver a emprender, reincorporándose con éxito a la actividad productiva con las enseñanzas  producto de la crisis sufrida”

Por fin contamos con una ley 16/2022 que configura un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz, ampliando la relación de deudas exonerables, cuyo objetivo es:

  • conseguir una reestructuración de activos y pasivos para evitar la insolvencia o solucionar la ya acaecida,
  • convertir el beneficio de la exoneración de las deudas, cuando concurran determinadas circunstancias, en un derecho de la persona natural deudora y
  • la  voluntad de simplificar el concurso de acreedores en aras de las siempre deseadas rapidez de la tramitación y eficiencia institucional

Dado que numerosas personas que se encuentran en situación de insolvencia pueden acogerse a este mecanismo para liberarse de sus deudas y empezar de cero, hemos creado un equipo de juristas especializados para ayudar a persona en dificultades financieras a continuar con su actividad saldando sus deudas.

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